Vender
online vía un negocio implica asumir una identidad jurídica, responsabilidades
fiscales, y una serie de obligaciones relacionadas con el derecho propio de la
sociedad de la información y el comercio electrónico.
Así
pues la puesta en marcha de un negocio online implica:



Ley
7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, BOE num. 15, de
17/01/1996, regula las ventas a distancia, sin presencia física simultánea
entre ambas partes. Según esta Ley hay que incluir en las tiendas online
determinada información y cumplir con determinadas condiciones:
Información detallada del producto:
proveedor, características, precio, gastos de envío, forma de pago, modalidades
de entrega y validez de la oferta.
Plazos de envío de pedido:
si no se indica el plazo en la oferta, el pedido debe enviarse dentro de los 30
días siguientes a su recepción.
Derecho de desistimiento:
El comprador podrá desistir libremente del contrato dentro del plazo de 7 días
contados desde la fecha de recepción del producto (excepción: con los productos
de uso inmediato que no puedan ser devueltos).
Ley
34/2002, de 11 de julio, de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y
del Comercio Electrónico (LSSI), BOE num. 166, de 12/07/2002. Es la principal
Ley que regula el comercio electrónico, equiparándolo con el tradicional. En
esta Ley se regula las obligaciones del vendedor a la hora de vender por
Internet; es la materialización en el ordenamiento interno español de las
disposiciones de la Directiva 2000/31/CE, conocida como la Directiva del
Comercio electrónico. Con esta directiva se pretendía minimizar los riesgos
derivados de una disparidad de legislaciones en el marco comunitario.



No hay comentarios.:
Publicar un comentario